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737 • LA DEUDA 1 |
Lunes, 9 de febrero de 2004 |
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Algunos de
quienes, como el que esto escribe, ya analizaban el tema de la Deuda Externa
en los años 80 , concluían que ésta tendía a ser no solo una carga
insoportable, sino también un instrumento de dominación, como acaba de
denunciarlo con mucha pertinencia y precisión el Episcopado católico 2 . En
ese propósito de subordinación el Fondo Monetario Internacional (FMI) jugaba
un rol central, como inspirador y motor del endeudamiento, como persuasor y
amansador de gobernantes, mayorías legislativas y órganos mediáticos. Con el
paso de los años -y sobre todo a partir de la crisis de diciembre de 2001-
estas nociones se fueron haciendo, felizmente, convicción colectiva.
A comienzos de 1984, al concluir la dictadura militar, se pudo haber rechazado la deuda contraída por los usurpadores del poder político. Se pudo haber erigido una clara doctrina sobre la invalidez de los actos financieros que comprometieron al país, como consecuencia de la ruptura de la legitimidad democrática. Increíblemente, se desperdició esa oportunidad singular. Por el contrario, se siguió incrementando la deuda hasta el punto en que adquirió dimensión de catástrofe pública. Casi veinte años después, cuando cayó el gobierno de Fernando de la Rúa, se proclamó el default como un acto de salvación nacional. Pero afirmar que no se ha de pagar una deuda, es reconocer que existe y que es exigible. De nuevo en el 2001, como en 1984, la clase política manifestó su superficialidad y su incapacidad para un enfoque hondo y raigal del endeudamiento. A diferencia de otros ámbitos en los que marca una clara ruptura con el pasado, el nuevo gobierno exhibe ahora una política respecto al endeudamiento sobre la que es preciso formular algunas advertencias. Por de pronto, hablar de una quita supone una vez más que se reconoce como debido el total de la misma. Proponer pagar menos importa admitir que se debe lo más. Como en 1984 y en 2001, Argentina deja pasar la ocasión de un cambio importante, de una cesura o corte históricos y omite nuevamente los grandes planteamientos en los que puede hacerse fuerte; los cuestionamientos de principio sobre la legitimidad y exigibilidad de importantes segmentos de la presunta deuda; el rechazo in límine de la pretensión de muchos de los acreedores. Quedan así voluntariamente cancelados, por su propio beneficiario, los cruciales capítulos de la invalidez constitucional de la deuda, de su rechazo en los términos de la doctrina de la Deuda Odiosa, de la posible aplicación de la doctrina Espeche Gil, del examen de los diversos segmentos de un endeudamiento que es plural y heterogéneo y, lo último pero no lo menor, el escrutinio severo de las gravísimas responsabilidades ético-juridicas habidas en esta materia crítica. |
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SALVADOR
MARÍA LOSADA |