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La doctrina legal de las
deudas odiosas fue formulada por Alexander Nahum
Sack un cuarto de siglo después de la guerra
hispano-norteamericana. Sack, un antiguo ministro de la Rusia zarista y
luego de la Revolución, profesor de leyes en París y autor de dos de los
más importantes trabajos sobre las obligaciones en los sistemas
sucesorios: "Los Efectos de la Transformación de los
Estados en sus Deudas Públicas y Otras Obligaciones Financieras" y
" La Sucesión en las Deudas Públicas del Estado".
Con la transformación de los
territorios coloniales en Estados independientes y colonias que han
cambiado de manos, con el reemplazo de las monarquías por repúblicas y
ejércitos comandados por civiles, con el constante cambio de límites en
Europa y el ascenso de las nuevas ideologías socialistas, comunistas y
fascistas trastocando todos los órdenes, las teorías de Sack abordan los
problemas prácticos que generan tales transformaciones del estado. Como
muchos otros, Sack creía que las responsabilidades sobre las deudas debían
permanecer intactas, porque dichas deudas constituyen obligaciones de los
estados (considerando al estado como territorio más que como una
estructura específica de gobierno) basándose no en estrictos dictados de
la justicia natural sino en las exigencias del comercio internacional.
Creía que sin reglamentaciones inamovibles, el caos reinaría entre las
naciones y el comercio y las finanzas internacionales quebrarían.
Pero Sack creía también que las deudas que no se fundaran en los intereses
del estado no debían seguir esta regla general. Algunas deudas, decía, son
"deudas odiosas". Si un poder despótico
incurre en una deuda que no está basada en las necesidades o en el interés
del Estado, sino que está destinada a reforzar su régimen despótico, a
reprimir a la población que lucha contra él, etc. esa deuda es odiosa para
toda la población del Estado. La deuda no es una obligación para la
nación; es una deuda del régimen, una deuda personal del poder que la
contrajo y en consecuencia debe caer con la caída de ese poder.
La razón es que, esa clase de deudas, no reúne una de las condiciones que
determinan la legalidad de las deudas del Estado, es decir que las deudas
que el Estado contrae y sus correspondientes fondos deben ser utilizados
para resolver necesidades y en interés del Estado.
Las Deudas Odiosas contraídas y usadas para
fines, contrarios a los intereses de la Nación
conocidos por los acreedores, no comprometen a los sucesores (en el
caso de los sucesores que desplazaron al gobierno que las contrajo)
excepto si pudieran obtener de ellas verdaderas ventajas. Los acreedores
cometieron un acto hostil hacia el pueblo, de modo que solo deben esperar
que una nación liberada de un poder despótico considere las "deudas
odiosas" como una deuda personal de dicho poder.
Aún cuando un poder despótico sea reemplazado por otro no menos despótico
o tanto menos representativo de la voluntad popular, las deudas
"odiosas" del poder derrocado no dejan de ser personales y no constituyen
obligación para el nuevo poder... Pueden también ser incluidas en esta
categoría de deudas los préstamos obtenidos, por miembros del gobierno o
por personas o grupos asociados al gobierno, con destino a intereses
manifiestamente personales sin ninguna relación con los intereses del
Estado.
Para que los acreedores puedan esperar alguna protección para sus
préstamos por parte de los estados extranjeros, estos deben haber sido
utilizados para cubrir las necesidades y los intereses del Estado, de otro
modo los préstamos pertenecen al poder que los contrajo y son por lo tanto
"deudas del régimen"
Esta doctrina está expuesta al abuso y a interpretaciones subjetivas. Para
anular deudas arbitrarias y repudiables Sack propone que al nuevo gobierno
se le requiera probar que la deuda no sirvió al interés público y que
los acreedores lo sabían. De acuerdo con estas pruebas la
responsabilidad de demostrar que los préstamos beneficiaron al territorio
quedará en manos de los acreedores. Si los acreedores no consiguieran
demostrarlo ante un tribunal internacional, la deuda debería ser
inexigible. |