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755 • LA DEUDA 4 |
Lunes, 1 de marzo de 2004 |
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Se ha dejado de
plantear la cuestión de la deuda ante la Corte Internacional de Justicia,
órgano jurisdiccional internacional, según la tesis de un notable
diplomático argentino, el embajador Miguel Angel Espeche Gil, consistente en
aplicar el derecho internacional público y llevar la cuestión de la deuda
externa a la Corte Internacional de Justicia mediante el Procedimiento
Consultivo. En consonancia con una visión realista y ante el agravamiento de
la situación de la deuda, la XII Conferencia Interparlamentaria Unión
Europea América Latina, realizada en Bruselas en junio de 1995, pidió a los
Estados miembros de los dos parlamentos que tomaran las iniciativas
oportunas, buscando el apoyo de otros países del mundo, a fin de que la
Asamblea General de las Naciones Unidas solicitara a la Corte Internacional
de Justicia de La Haya un dictamen consultivo que permitiese afrontar el
problema de la deuda externa conforme a los principios generales del derecho
internacional contemporáneo. La declaración recogía y hacía suya la tesis
sustentada por Espeche Gil desde 1984, cuando fue adoptada en el XV Congreso
del Instituto Hispano-Luso-Americano de Derecho Internacional, en Santo
Domingo, en marzo de 1989. Esta línea de acción fue tan eficaz que incluso
países de acreedores, como Italia, llegaron a aprobar en sus Parlamentos la
decisión de pedir a la Asamblea general la consulta sobre la legitimidad de
la deuda externa latinoamericana.
Todos estos esfuerzos internacionales, con claros protagonismos argentinos y latinoamericanos, han sido ignorados y postergados por un tratamiento del problema que es pura y cruda anómia, puro y simple empirismo cuantitativo, como si el deber ser no existiera y todo pudiera resolverse como una miope y obtusa práctica mercantil, cuando se trata de un tema rigurosamente jurídico. Una actitud que desguarnece a la Nación argentina y facilita el camino de los presuntos acreedores. No reconstruir el proceso de formación de la
deuda, no discriminar sus diferentes bloques algunos tan escandalosamente
anómalos como el de la estatización de la deuda privada, meter a todos en la
misma bolsa, ignorar el pasado, parecen ser los elementos de la actitud con
la que se intenta negociar. Incluir en el grupo de bancos negociadores al
Merril Lynch, de oscura ejecutoria en el llamado canje
de la deuda agrega incertidumbre y peligrosa opacidad al panorama. La
ley 25.780, de octubre último, aprobando No debiera olvidarse que el endeudamiento ha sido la ocasión para que se cometieran innumerables ilícitos. La sentencia dictada en la denuncia hecha por Alejandro Olmos los describe con mucha precisión. Ese pronunciamiento fue enviado el Congreso para que éste obrara en consecuencia. Pero las mayorías legislativas desviaron la mirada, como si el asunto de la deuda, en el que el Poder Legislativo tiene específica y excluyente responsabilidad constitucional, les fuera ajeno. El clima de ilicitud recién aludido permite
evocar lo establecido por la Comisión de Iustitia et
Pax en el documento Al Servicio de la Comunidad
Humana: Una Consideración Ética de la Deuda Internacional, cuyo punto
III, 2 dice: Aceptar la corresponsabilidad
internacional significa para los países en desarrollo proceder a un examen
de las causas que han contribuido a aumentar la deuda (...) Un examen exacto
de la deuda actual revelará la particularidad de cada país en desarrollo,
tanto de las causas internas como Ese deber de transparencia y veracidad también ha sido completamente omitido. Su cumplimiento no solo hubiera neutralizado muchas pretensiones de presuntos acreedores. También hubiera contribuido a crear la atmósfera de rectitud y vocación ética propia de un nuevo ciclo histórico. |
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SALVADOR
MARÍA LOZADA |